Como cada año, en abril el Servicio de Administración Tributaria (SAT) espera las declaraciones anuales de impuestos de personas físicas y el 30 es el último día para presentarlas; sin embargo, este año se amplió la fecha límite al 15 de mayo de 2018.
Esta prórroga fue anunciada hoy —25 de abril— por Osvaldo Santín, Jefe del Servicio de Administración Tributaria, y la razón es que aunque las personas físicas que trabajan para un solo patrón no están obligadas a presentar Declaración Anual, las empresas sí tienen que cargar la información de su nómina y hasta hoy, hay inconsistencias en el llenado de los formatos en temas de:
- Primas vacacionales
- Primas de antigüedad
- Ingresos por jubilación
- Separación e indemnización
Es por esto que todos las personas físicas, aunque tengan más de un patrón o cliente, podrán presentar su declaración hasta esa fecha, tiempo suficiente para que las empresas suban su información al sistema del SAT.
Si quieres leer el comunicado completo del SAT, puedes verlo aquí. Y si no sabes si debes presentar declaración o no, puedes ver el Hangout que hicimos con Ana Ramírez de Sarez Contadores en donde explicó quién está obligado y qué conceptos complementarios puedes agregar a tu declaración:
Hola , Sofía. Buen día.
Me surge una duda en cuanto a si tengo que presentar mi declaración anual o no. ¿me podrías apoyar con esta?
Te planteo mi situación:
– Tengo ingresos menores a 400k
– Soy asalariado
– Cambié de consultoría en donde trabajo en marzo 2018
– Me otorgaron un crédito automotríz en diciembre 2017.
Hola, Buenos Día, Sofía
Tengo una duda:
Mi familiar trabaja en SEIEM ( Servicio Educativo Integrado del Estado de México), el cúal esta esta afiliado SEP ( Secretaría de Educación Pública) en este caso si tendría de que declarar aun si ambas instituciones estén por parte de l gobierno, y es una persona que esta con poco tiempo de jubilarse.