Lo que debes saber sobre las deducciones personales para que te devuelvan impuestos

Ya llegó abril de la mano de la primavera y la declaración anual de impuestos. Es cuando entramos en pánico y nos asalta la duda de si tendremos que pagar más impuestos al presentar la declaración anual y cómo hacerle para evitar algunos. Para que esto no te pase, grábate un concepto clave en la cabeza: las deducciones personales. 

Muchas veces, sin darnos cuenta, dejamos ir las deducciones personales por no poner atención a esos gastos que podrían ayudarte a pagar menos impuestos

Si tienes dudas sobre la declaración anual y las deducciones personales, ve el video de Ana Ramírez, fiscalista picudísima de Sarez Contadores, en el que nos explicó quién tiene que hacer la declaración anual, a quién le conviene presentarla de forma voluntaria para obtener devolución de impuestos, y también qué son las famosas deducciones personales.

Éste es el video de las deducciones personales:

La mayoría estarán como locos preparando su declaración anual estos últimos días, ya que el límite para presentarla es el 30 de abril. Por eso, Ana Ramírez muy amablemente nos preparó algunos puntos que todos deberíamos saber sobre las deducciones personales para no meter la patota con los gastos a deducir.

¿Qué son las Deducciones Personales?

Son gastos que se pueden restar a tus impuestos y que se aplican únicamente en la anual, no en tus declaraciones o pagos mensuales. Esto es lo que debes de tomar en cuenta:

Características por el tipo de las deducciones personales

  1. Dentro del rubro de “salud” también cuentan los estudios clínicos y de laboratorio.
  2. Los honorarios médicos, gastos hospitalarios y consultas dentales deben pagarse con cheque a nominativo, tarjeta, transferencia.
  3. La misma suerte del punto anterior sufre el transporte escolar obligatorio de los pequeñines y las colegiaturas.
  4. La colegiatura no es estrictamente una deducción personal, es un estímulo fiscal que publicó por decreto el presidente.
  5. Cuando eres empleado y en tu estado te retienen un impuesto local, también es Deducción Personal. Y otro más es el transporte escolar y siempre que sea obligatorio. Ambos entran en el global de limitantes.

Requisitos que aplican a todas las deducciones personales

  • Debes pedir factura a tu nombre y ser el beneficiario, o que el beneficiario sea tu descendiente en línea recta, o sea, tu hijx, u otros tus dependientes económicos como tu pareja o tus papás.
  • El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
  • Todos estos gastos los debiste pagar antes del 31 de diciembre.
  • El IVA que incluyen los gastos no se separa, es decir consideras como Gasto Hospitalario todo el valor de la factura incluyendo el IVA.
  • Debes conservar tus XML y PDF de las facturas por si Hacienda te las pide en caso de que no te hagan la devolución automática.
  • Solicita tu constancia de retenciones de tu crédito hipotecario al banco, revisa que tenga tus datos fiscales completos.

Con qué gastos mejor ni pierdas tu tiempo porque no aplican

  1. Medicamentos, sólo aplican los que te incluyeron en tu factura del gasto hospitalario. Los demás de farmacias no.
  2. Seguro de Vida. Algunos agentes te dicen que el seguro de vida cuando tienen componente de ahorro para el retiro es deducible, pero sólo sería deducible la parte de ahorro para el retiro, las primas de protección no.
  3. Mensualidades para servicios funerarios futuros. Sólo aplica en el año que lo ocupas o tus beneficiarios.
  4. Uniformes, inscripción del chiquitín o el curso de verano.

Más claro, ¡Ni el agua! Muchas gracias a Ana Ramírez, también conocida como Ana Sarez, por siempre echarnos la mano a los mortales con su información. Si quieren consultarla o agendar cita para que les haga su declaración anual su página es http://sarez.com.mx/

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19 comentarios en “Lo que debes saber sobre las deducciones personales para que te devuelvan impuestos”

  1. Hola Sofi!
    Soy asalariada que percibe menos de 400 mil pesos al año y en la empresa declaran mis impuestos, no tengo gastos que apliquen para deducción , mi duda es si en dado caso que quisiera hacer la declaración por mi cuenta ¿saldría el mismo importe a pagar que lo que me retiene el patrón?
    saludos!!

  2. Hola Isela.
    Muchas gracias por tu excelente aportación. Tengo una duda, recientemente un asesor de una Administradora me animo a contratar una Cuenta Especial de Ahorro por $152,000 invertido en instrumentos de deuda por 5 años forzosos. Recibí la Constancia y la trato de incluir en la declaración como un estímulo fiscal para bajar la base grabable y prorratear el impuesto Hasta el 2021. Pero resultó ser un engaño porque para incluirla en el 2015 se suma a las deducciones personales y no puede exceder el 10% de mis ingresos o los 4 salarios. No me resigno todavía, he tratado de buscar ayuda en el sat y con contadores pero me dicen lo mismo, que podrá ser adicional en la declaración del 2016. Sabes algo al respecto?, por que si es así tendré que cancelar el contrato de inversión.

    1. Hola Jesús!

      El SAT es la autoridad, si lo manejaron así ya no hay mucho que hacer. El próximo año sube el límite de deducciones personales, así que analízalo y también vale la pena pensar que aunque no sea deducible ya estás ahorrando para el retiro.

      De todos modos si quieres una última opinión consulta a Ana Sarez.

  3. Hola!! Quisiera hacer personalmente mi declaracion anual ya que tengo crédito hipotecario, ya sé qué puedo deducir… Pero no sé los pasos a seguir o que formularios llenar… Donde puedo encontar algo de información?? Agradezco el apoyo

    1. En la página del SAT tienen la información, primer paso, pedir tu contraseña, si no la tienes a estas alturas tendrás que ir a una oficina del SAT a tramitarla, no se tardan y si llegas temprano no pierdes mucho tiempo.

    1. ¡Hola Epic Traveller!

      Seguramente encuentras alguno en chamlaty.com, haztusimpuestos.com anafinet o el conta. Son fiscalistas muy buenos.
      Realmente las personas morales tienen un mayor grado de complejidad y eso se lo dejamos a los fiscalistas expertos.

  4. hola sofi… acabo de enterarme que puedo deducir los impuesto por crédito hipotecario. mi pregunta es si la cantidad de intereses reales es menor que el interés devengado y el interés pagado en el ejercicio, me es conveniente o no hacer la declaración por mi cuenta.? osea, tendría saldo a mi favor o saldría pagando impuestos.

    1. Hola Verónica!

      Que te salga saldo a favor o no depende de tus inrgesos y el conjunto de deducciones, no de una única deducción.
      Consulta tu caso a un contador, por ejemplo a Ana Ramírez del post.

      Saludos

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