Impuestos para freelanceros Vol I. Cómo y por qué darse de alta en el SAT

Hace algunos meses llegó al blog el caso de una chava que toda la vida había usado los recibos de honorarios de su papá para cobrar las chambas que hacía como freelance (era asalariada)… hasta que el Papá le aplicó la de «ya estás grandecita, ve al SAT, date de alta y ya consíguete tus propios recibos».  Ella aterrada me preguntó si sería un broncón, pagaría más impuestos y etcétera tener sus propios recibos… y la verdad era menos catastrófico de lo que ella pensaba. 

Vamos a empezar por la parte legal. Cuando le pregunté a Pedro Canabal, vocero del SAT, si era delito o infracción prestar o usar recibos de honorarios/facturas prestadas, me contestó «¡Pero por supuesto que es ilegal!, se puede considerar defraudación fiscal porque la persona no está acumulando sus propios ingresos». Más contundente imposible, entonces, advertidos están.

Pero incluso quitando esa parte, sí hay bronca de que prestes o te presten recibos:

1. Suben ingresos acumulables… y por tanto impuestos a pagar.

Probablemente si son 1,000 pesos en un año no habrá un cambio drástico, pero si cobran por honorarios y en un mes de ganar 15,000 pesos con el recibo de tu cuate tus ingresos suben a 50,000 porque le pagaron de trancazo varios proyectos la tasa que te cobran de impuestos sube y en general lo que pagas, porque tienes los mismos gastos para comprobar y deducir, pero ingresos mayores.

2. El relajo con las cartas de retenciones si es que te retienen ISR o IVA. 

Una de las grandes broncas de prestar recibos es que a veces a los que se los prestan se acuerdan muuuy bien de pedirlos y de usarlos para cobrar pero luego se les olvida ya sea en el momento o en febrero del próximo año pedir la carta de retenciones a la gente que se los pagó. Y resulta que tú necesitas ese papelito para tu declaración anual, entonces el cuete es para ti chulis.

Y luego los peores son los que también se clavan el IVA o el dinero correspondiente al recibo entonces te sale caro el favor, porque tienes que pagarlos tú.

3. Broncas para conseguir clientes.

Si esos puntos no fueran suficientemente persuasivos para sacar tus recibos, creo que el principal es que influye en tener más  clientes o conservarlos. Que alguien no de recibos puede ser un criterio para no contratarlo, ya que lo que gastas en sus servicios no lo puedes deducir de impuestos si eres microempresario o macroempresario, por ejemplo.

Uno de mis cuates tenía una clienta completamente dispuesta a contratar más servicios con él y por supuesto pagarle más, pero no podía justamente porque como a él le daba flojera ir al SAT y aunque le firmaba recibos, estos no servían para deducciones fiscales, entonces a la chava le salía «mas caro» contratarlo a él que uno que sí estuviera en regla.

Yo entiendo el lado del cliente porque yo soy uno, que además le toca pagar impuestos y como que no me gusta que sea más de los que genuinamente me tocan (sí, me da codo ¿pero a quién no? hay que pagar lo justo, pero tampoco más). Siempre que contrato servicios de comunicación, diseño gráfico, diseño web, organización de eventos, etc uno de mis filtros si es que esa persona tenga recibos o facturas con los requisitos vigentes.  También pago contra entrega de recibo/ factura, si no como que les da «alzheimer» y se acuerdan rebien de cobrar pero ¿factura? ¿ de cuándo? ¿quién yoooo? ¿cuál proyecto?

Finalmente tener tus recibos al corriente para algunos clientes es sinónimo de formalidad. Si con sus papeles es fodongón ¿cómo será con mis proyectos? será la pregunta que se hagan.

4. Para comprobar ingresos

Si eres freelance, la única manera de comprobar ingresos (si es que vas a pedir algún tipo de crédito, por ejemplo) es justamente a través de tu declaración de impuestos. Como no hay recibo de nómina ¡no hay de otra! los bancos no se fijan si ganas bien «por fuera», así que si no puedes pagar absolutamente todo en la vida (incluido un departamento o casa) esta es tu llave de entrada.

 

¿Y cómo me doy de alta?

Antes de que entren en pánico y se imaginen llenando cerros de papeleo, ahí les van tres de las formas en las que los independientes se pueden dar de alta (para mayor información y precisión de qué les conviene pregunten en el chat del SAT o con los de confianza @cpjcgomez @impuestum @robnovelo o busquen a algún profesional con el hashtah #CPTWITTER):

1. Honorarios asimilables a sueldos. Este digamos que es el más básico de los tres: eres como asalariado de uno o varios jefes pero no tienes prestaciones ni nada de un asalariado normal, sólo es una manera de cobrar. Tú sacas solo tu RFC en esta modalidad, les firmas recibos (no necesitas sacar tú recibos, con que les firmes en una hoja pongan  tu RFC , lo que te pagan y lo que te retienen)  y sólo declaras una vez al año (no mensual). Obviamente para la declaración anual necesitas las cartas de retenciones de a todas las personas que les hayas chambeado en esta modalidad.

Aunque es una chulada este régimen porque sólo declaras una vez al año, el contra es que no a todos los clientes les funciona, pero es cosa de preguntarles a ellos, antes de darse de alta, y el segundo inconveniente es que permite menos deducciones fiscales.

2. Honorarios. Acá sí tienes que mandar a hacer recibos y tienes que hacer declaraciones mensuales, los meses que no ganes nada lo haces en ceros, pero siempre hay que presentarla. Ya puedes deducir más cosas de impuestos que en asimilables a sueldos y hay que estar más buzo con las facturas o constancias de dichas deducciones. Normalmente los que piden recibo de honorarios son personas morales o físicas con las que vayas a trabajar más esporádicamente.

3. Persona física con actividad empresarial. Este es el de las facturas. La mayoría de las emprezotas prefieren facturas a recibos, me imagino que por el tema de que las retenciones son más cuete (no lo sé de cierto, pero lo supongo para que no se me echen encima los contadores). También hay que hacer declaraciones mensuales pero como no hay retenciones no hay que estar correteando las cartas de retenciones. Lo que sí ¡aguas con el IVA! No se lo gasten e infórmenlo oportunamente porque clavarse el IVA sí es delito (ej: que se te patine una declaración si ganas por honorarios sólo te cobran multa, recargos y actualizaciones pero lo del IVA como es lana que tienes que pasar directo sí puedes ir al bote).

 

Ok, ok pero ¿qué tengo que hacer para darme de alta?

1. Asesorarte qué régimen te conviene de acuerdo a las actividades que vas a realizar. Puedes hacerlo en el chat del SAT o con tu contador de confianza. También en este link del SAT te puedes dar una idea.

2. Averiguar qué papeles llevar (mi experiencia: lleven dos indentificaciones por si su dirección aparece diferente a lo que dice SEPOMEX o etc). Puedes meterte a este link o preguntar en el Chat del SAT.

3. Meterte a la página del SAT y hacer una cita  aquí

4. Llevar todos los papeles a tu cita y sacar tu RFC/ CIEC/ Firma Electrónica Avanzada , es decir, lo que sea que requieras de acuerdo a tu régimen.

5. Preguntar cuáles son las deducciones a las que tienes derecho y tus obligaciones fiscales. Se recomienda tener calendario y alarmitas en el cel para que no se te pase y te toque pagar multas.

6. Sacar tus recibos/Facturas si aplica (el próximo post será la versión «hágalo usted mismo» en su compu e impresora)

7. Lleva el control de a quién le das recibo/facturas… (la tablita recomendada en el próximo post)

8. Pedir facturas o constancias de retenciones de todo lo deducible y llevar un archivo

9. Presentar tus declaraciones a tiempo (en el caso de la anual acuérdate que los que presentan primero, reciben sus devoluciones primero)

Ahora regresando a la pregunta que inspiró este post,la chica era asalariada y hacía algunas cosas por fuera. Como iba a sacar recibos de honorarios sí iba a tener que hacer declaración mensual, pero también iba a poder deducir de impuestos cosas que ella de hecho ya compraba como su seguro de gastos médicos mayores, en corto tiempo los intereses reales de su crédito hipotecario (iba  a comprar depa), el costo de sus lentes, y gastos relacionadas con su chamba como equipo de cómputo, papelería y gasolina.

En ese caso la teoría diría que debería pagar menos impuestos y tener devoluciones porque ya le retienen un buen de asalariada, y como no hacía declaración anual, no tenía derecho a pedir devoluciones. Darse de alta sí iba a ser una frieguita extra y requerir contador (sí hay personas que hacen sus declaraciones solos pero son super ordenados y se toman el tiempo para aprender) pero podía compensar el costo y hasta recibir un extra con el ahorro de impuestos vía deducciones.

Otra cosa es que si por algo vuelves a la vida en nómina o suspendes actividades te das de baja y ¡listo! sólo presentas declaración anual en los años donde uno o más meses sí hayas tenido ingresos.

Todo lo relacionado con el SAT puede sonar super terrorífico, pero en realidad es un tema de orden y estar a las vivas con las fechas. En el siguiente post de la serie «Impuestos para freelanceros» vamos a hablar de cómo hacer tus propios recibos (para los que se dieron o van a dar de alta por honorarios) y justo unos consejos muy «el espacio de cositas» para que lo tengan en orden y en abril no se anden volviendo locos con la declaración anual.

Buen fin a TodOINKs!!!!!

 

37 comentarios en “Impuestos para freelanceros Vol I. Cómo y por qué darse de alta en el SAT”

  1. gracias!!! esa era mi duda existencial, ya que igual soy asalariada y me daba frío pensar en empezar a hacer cosas por fuera por la cuestión del abominable SAT!

    1. Hola Monserrat! Suena escabroso y por eso conviene tener contador de cabecera, pero con algo de orden es sencillo y sobre todo si tu fuente de ingresos extra se pone interesante y compensa el costo del contador hay que dar el paso. En los próximos posts pondremos cómo sacar los recibos y también como llevar un control. Saludos!

  2. Hola, Sofía.

    Estoy por empezar a trabajar a través de Internet como escritora de artículos, traductura feelancer y maestra de inglés freelancer, también. En esta última actividad me piden mis recibos. Yo tengo de Persona Física con Actividad Empresarial y no sé cómo deba hacerlo ahora pues, además, soy asalariada -doy clases en una escuela – y ahí me retienen – un buen, por cierto – En fin, me surgen dos dudas: ¿Puedo usar esa misma modalidad que está en mis recibos para ser freelancer? y 2. Mis recibos ya tienen un tiempecito pues dejé de necesitarlos (digamos dos años). ¿Puedo seguir usándolos o tengo que hacer nuevos? de ser así ¿Qué se hace con éstos? Saludos y gracias. Tu forma de escribir hace parecer que la cosa no es tan peliaguda, pero para quienes no estamos acostumbradas, creo que sí lo es. Saludos

    1. Hola Mercedes,
      Si llevas varios regímenes (asalariado + persona física con actividad empresarial con facturas + honorarios) tienes que cumplir con las obligaciones de cada régimen. Por ejemplo, en honorarios y actividad empresarial hay declaración mensual, hay que presentarlas, y si tienes además el de salarios para esa sólo pides constancia de retención de impuestos y presentas declaración anual, junto con la información de las otras dos. Checa la validez de tus recibos y si le funciona el régimen a la persona que te los está pidiendo. En general los recibos SIN código bidimensional sólo son válidos hasta lo que pase primero de que lleguemos a diciembre de este año o hasta que expiren (esa info viene en tu recibo porque la ponen los impresores). El jueves habrá un post de cómo hacer sus recibos de honorarios paso a paso para quienes están en ese régimen y aún tienen de los viejitos. También si puedes escúchanos hoy lunes a las 6:30 en Reactor 105.7FM que hablaremos del tema. Saludos!

  3. Que tal Sofia:
    Pero si tienes que reconocer que es una aberración que un pequeño trabajador independiente tenga que tener su propio contador de cabecera para poder llevar las cosas en paz con el S.A.T.
    Su excesivo burocratismo y tramitologia esl la razón por la que todo mundo huye de registrarse en Hacienda haciendo para todos una relación de perder-perder. Y así seguirá siendo mientras el gobierno no tenga una manera fácil y eficiente de cobrar impuestos.

    1. Hola Xavo,
      Claro, si fuera más simple posiblemente más gente pagaría impuestos (por cierto, quien tendría que reconocer o no, es el SAT, yo simplemente informo y traduzco para los mortales). Saludos!

  4. Sofia. gran ayuda, pregunta… soy arquitecto, y necesito mas clientes me ha pasado que no requieren los recibos de honorarios. la respuesta es o cambiar de regimen (persona fisica con actividad empresarial) o poner una empresa…. que me conviene mas, una no quiero pagar grandes impuestos por ser empresa (ademas requiero un socio cosa que no me gusta) pero tampoco quiero que los clientes que ya cada vez son mas grandes me limiten para hacer sus supercorporativos. terminando una felicitación, esta de pelos tu blog.

  5. Hola Sofia! Me encanto este articulo pero tambien me asusto. Soy freelancer de diseño web y posicionamiento web, pero afuerzas tengo que pagar impuestos? si no…. estoy violando la constitucion? PD: A mis clientes no les doy factura ni recibo.

    1. Cuando recibes ingresos no es opcional pagar impuestos. Respecto a tu pregunta concreta si no pagas impuestos y recibes ingresos sí estás violando el artículo 31 fracción IV de la constitución que establece como obligaciones de los mexicanos «IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes». Que alguien no pague nos cargas más la mano a los que sí pagamos impuestos porque para pagar los gastos del país hay que apoquinarle más. Mientras no estás dado de alta es difícil que te detecten, pero también el impago voluntario de impuestos es un delito que se conoce como evasión fiscal.
      Pero más allá del tema legal, como comentábamos en el post no dar factura ni recibo puede llegar a ser un tema de competitividad: habrá clientes que si no das factura se vayan con quien sí esté dado de alta y con todo correcto.
      Espero haber resuelto tus dudas. Saludos!

  6. Hola, buenos días: tengo una duda,
    Expido recibos de honorarios digitales con firma «clasica» y un recuadrito negro al otro extremo, la pregunta es: Debo entregar el recibo personalmente en original o basta con enviarlo escaneado?

  7. Hola una pregunta, yo tuve un problema familiar y se supone que iba a trabajar, pero no lo hice, pero me di de alta porque me iban a meter a un trabajo.
    Mi problema es que jamas declare, estaba por honorarios, sabes si te cobran algún impuesto por jamas haber declarado? jamas tuve ingresos.
    me di de alta hace 2 años =P soy de esos fodongos nada ordenados que comentas xD agradezco tu respuesta gracias =)

    1. Pues de entrada, aunque no haya hecho nada de nada, debiste declarar (que no es lo mismo que enterar) y esta simple omisión te puede genera una multa:
      Artículo 81. Son infracciones relacionadas con la obligación de pago de las contribuciones, así como de presentación de declaraciones, solicitudes, documentación, avisos, información o expedir constancias:

      I. No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, o no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esta fracción, o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.

  8. Estoy que me lleva la ching… no se cuanto tengo que pagar, porque ya me descontaban el 16% del IVA mas aparte otra retención del IVA y el ISR…. creo que tengo que pagar mas del IVA, pero en el chat no me dieron una buena respuesta.

    APENAS PAGE ME DOY DE SUSPENCION DE RECIBOS

    Aparte le preste a mi hermano para hacer dos facturas y no me dio el dinero que le dieron del IVA que son 800 y 500 pesos.

    Lo peor es que sabia de ante mano que era mejor no darme de alta y bucarme otro trabajo mejor.

    Y no tengo dinero para pagar, no he hecho mis declaraciones desde Abril…

  9. Es interesante el Post, aunque no soy de México, la mayoría de información se puede considerar global. Ahora una aclaración que debo hacer… es que muchos dicen PAGAR IMPUESTOS… esa frases esta mal dicha porque lo que haces es TRIBUTAR… no pagas. Y si así fuera, estarías endeudado desde que naces por ese tipo de pago …ya que muchos hijos de puta se aprovechan de la ignorancia de la gente generando confusión… hay que tener cuidado con los términos… y suerte con el Blog que esta muy bueno! 🙂 NO PERMITAS QUE NINGÚN FUNCIONARIO PÚBLICO TE CONFUNDA CON LA PALABRA «PAGAR» POR LA DE «TRIBUTAR»

  10. Me podrían dar un estimado de cuanto cobra un buen contador, por llevar la contabilidad de un persona física?

  11. Eeeeexcelentísimo artículo, es un cuete eso de las declaraciones mensuales y la anual ni se diga, pero todo es cosa de llevar orden, jajaja me identifiqué en eso de prestar recibos porque alguna vez presté un recibo y efectivamente atacó el alzhaimer y cero que pasaban la carta de retenciones y lo del iva, eso pasa por confiar en la gente… pero en fin, uno aprende de eso. Más vale que el sat sea Lolita y no Dolores jajaja como antes le decian a Hacienda.

  12. Hay una forma de ser freelancero, evitarte andar dando facturas y/o recibos, recibir tu dinerito casi íntegro y neto -sin ser gravado para ISR- y que tu cliente, además, pueda deducir ese gasto con factura.

  13. Hola Sofia, soy freelance tambien, diseñador gráfico y desde que empece a trabajar hace 4 años, me di de alta en el SAT, primero daba recibos de honorarios, pero con el tiempo mis clientes crecieron y la mayoría ( si no es que todos je ) me solicitaban facturas, así que cambie de régimen, para las facturas. En mi opinión si te cae mas trabajo si tienes comprobantes fiscales. Ademas para el cliente eres serio y de confiar. No tengo contador, así que cada mes voy al SAT para que me hagan la declaración del mes y al año igual. Soy muy ordenado y no he tenido problemas hasta ahorita.

    1. Hola José Andrés!
      Creo que la clave es justo lo último que acabas de decir: ser ordenado. Eso es lo que nos falta muchas veces a los freelanceros.
      Gracias por contarnos cómo te ha ido.

      Saludos!

  14. Hola Sofia!
    Oye yo le saque a volver al sat porque ahora le trabajo a un arquitecto como empleada regular (me da quincenas) mas no tengo contrato ni prestaciones. El es una persona fisica con actividad empresarial y le pregunte a mi contador cuanto me iban a cobrar de impuestos: 30% de mi sueldo!!! Como no gano mas de 10mil, y batallo mucho cada mes, decidi darme de baja, pero me urge comenzar mi fondo de retiro. Que puedo hacer para seguir trabajando para esta persona, entrarle al sistema pero pagar un 7% como antes lo hacia? HALP!

    1. Hola María José,

      Con la info que me das la verdad no entiendo muy bien tu caso, pero ahí van algunas preguntas y aclaraciones:
      1. Si ya no estás dada de alta ¿Por qué lo del 30% de impuestos?
      2. ¿El arquitecto te paga sin prestaciones pero bajo algún régimen (honorarios profesionales u honorarios asimilables a sueldo)? Sería muy raro que no deduzca tu pago y si lo deduce tú no te puedes dar de baja porque lo reporta al SAT.

      Aclaraciones:
      – La tasa va en función de los ingresos, no sé si 30% sea la tuya porque no tengo idea en qué régimen estés
      – El pago de impuestos baja dependiendo de las deducciones que tengas (si estás por honorarios asimilables a sueldos sólo son las estándar personales osea ahorro para el retiro, intereses reales de crédito hipotecario, gastos médicos etc; si estás en honorarios profesionales es eso más los gastos que hagas para tu trabajo).
      Si no tienes deducciones (no juntaste facturas a lo largo del año) si vas a pagar un buen, estés en el régimen que estés, así que te tienes que aplicar a eso.
      – Lo del fondo de retiro puedes hacerlo sin deducir de impuestos, el ahorro voluntario a la afore lo puedes hacer o contratar un plan personal de retiro. Obvio parte de su atractivo es la deducibilidad, pero para eso te tienes que dar de alta y tener todas tus deducciones en orden.

      Espero esto te sirva. Yo no soy fiscalista, pero para mayor asesoría puedes consultar a los de este post: http://www.pequenocerdocapitalista.com/como-deducir-de-impuestos-intereses-de-un-credito-hipotecario/

  15. pd. Antes trabajaba para una empresa y yo tenia mis recibos de honorarios, deducia todo lo que podia y terminaba pagando unos 250 pesos + el contador lo cual era completamente factible. Pero ahora estoy atorada 🙁

  16. Chris Kelvin

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  17. Hola que tal Sofía, espero me puedas ayudar.

    En el mes de Noviembre de 2010, me di de alta ante el SAT como «persona física sin actividad económica». En ese tiempo no trabajaba.

    Para Enero de 2011, empecé a trabajar en una empresa relacionada al ramo aduanero, con lo cual me dieron de alta en el IMSS y me hacían las respectivas deducciones de ISR e IMSS. En Junio de 2012 dejé de trabajar con ellos y empecé a laborar para el Gobierno del Estado de Colima cobrando Honorarios (sin prestaciones), en los recibos que genera el Gobierno, viene la deducción de ISR y mi RFC.

    Pregunta: ¿Eso quiere decir que estoy pagando impuestos al SAT?

    Gracias por tu tiempo 😀

  18. ¿Si soy asalariada, puedo deducir mis aportaciones voluntarias / hipoteca? ¿Tendria que registrarme como honorarios?

  19. Hola Sofia, yo estoy en el esquema de honorarios y desde enero del 2012 estoy dada de alta en el SAT, contrate un contador desde el primer mes y siempre me manda el recibo de acuse en ceros, aunque hay meses en donde le mando muchas facturas y sigue saliendo en ceros cuando pienso que podria salir con saldo a favor, y como siempre he salido en ceros, obviamente en la ultima declaracion anual tambien sali en ceros. Mi pregunta es: ¿sera que mi contador solo mete la cantidad de facturas necesarias para que salga en ceros para no complicarse o sera que en el esquema en el que estoy dada de alta no puedo tener saldo a favor? Creo que ya es una ventaja no salir con saldo en contra y no pagar pero si pudiera salir con saldo a favor tambien estaria muy bien. Gracias por tu respuesta

    1. Hola Nydia,

      Sólo en la anual sales con saldo a favor, pero igual si quieres una segunda opinión por el tema de siempre declarar en ceros (que no es lo mismo que salir en ceros) te recomiendo a Ana Ramírez. En twitter la encuentras como @anasarez

      Saludos

  20. Trabajo hace 5 años para una empresa, pero me dan mi sueldo en efevo. y en mano, soy arquitecta no tengo recibos ni nada que respalde ese trabajo, por lo cual es un problema cuando he querido obtener un crédito, me piden cartas membreteadas pero mi jefe solo me da una hojita en word con una firmilla incluso para obtener la visa fue un show. Es momento de formalizar mi vida laborar, además que empezó con trabajitos por mi cuenta. Ayuda como debo darme de alta?..

    1. Hola Claudia!

      Puedes hacer una cita en el SAT para que te expliquen. Su página es sat.gob.mx
      Si prefieres tener un contador @anasarez @cpjcgomez o @chamlaty en twitter pueden ser buena opción.

      Saludos

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