¿Me toca pensión del IMSS, ISSSTE o nada?

¿Me toca pensión del IMSS, ISSSTE o nada?

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Aunque ahorita eres joven y bello el tiempo pasa muy rápido y el retiro no es algo que puedas dejar para cuando tengas 64 años 11 meses y 29 días.

Si eres un poquitito precavido quizás ya te preguntes ¿ me toca pensión del IMSS, del ISSSTE o ninguna. Para que vayas viendo el panorama te hicimos la chula infografía que encuentras en este post.

¿Cómo funcionan las pensiones en México?

Ahí te va una pequeña explicación:

En México conviven MUUUUCHOS sistemas de pensiones (Pemex, las Universidades, Los maestros de los estados etc…) pero los más grandes son el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) – que es en el que cotizan los ASALARIADOS del sector privado- y el ISSSTE, que es al que pagan sus cuotas los empleados del gobierno.

Si eres freelance pagas impuestos pero no pagas cuotas a la seguridad social –a menos que lo hagas de forma voluntaria- y por tanto no tienes derecho a servicios de salud en estos sistemas ni tampoco estás ahorrando para el retiro en ellos. Por eso lo de “que la fuerza te acompañe”, pero más abajo te cuento opciones.

Ahora sí vamos con qué significan los casos:

Pensión del IMSS por Ley de 1973

Tú todavía libraste por un pelito o varios y a ti te toca recibir una pensión mensual que se calcula con el total de semanas que hayas cotizado a la seguridad social, el salario promedio de los últimos 5 años que trabajaste y la edad a la que te retires. Para más info puedes leer este post.

Eres de los de los mejores escenarios, pero no cantes victoria: en muchos casos si no tienes muchísimas semanas tu pensión no va a llegar al 100% de tu salario y si tu salario es muy alto ¡tampoco! Porque están topadas. Así que a complementar.

Ahorros de tu afore

Tú empezaste a trabajar después de 1997, entonces no vas a recibir un porcentaje de tu sueldo en el momento del retiro sino el saldo de tu afore que son las contribuciones de retiro que hayas hecho a la seguridad social y los rendimientos que generen.

No te puedes confiar sólo de esto porque:

  • Porque sólo se va a tu afore 6.5% de tu sueldo base (con el que te registran en el IMSS).
  • Porque solo cotizas mientras estás dado de alta al IMSS con un trabajo formal y si eres como la mayoría de los mexicanos no toda tu vida laboral vas a estar en uno: hay periodos en la informalidad, de desempleo, freelanceo o emprendes. Si cotizas poco, el saldo de tu afore no te va a alcanzar ni para los chicles (favor de ver el apartado «que la fuerza te acompañe»).

Pensión del ISSSTE

Si te quedaste en el régimen anterior te tocará una pensión mensual que se calcula de acuerdo a los años de servicio, promedio salarial y edad del trabajador al momento de retiro. Ahí el tema es que con la reforma ya no se pueden retirar tan chavales como antes: el mínimo son 63 años si se pensionaron en 2015 y van subiendo hasta que sean 65 años en el 2018 (como todos los demás mortales).

Mismo caso que los de las pensiones del IMSS: mejor ir ahorrando también por tu cuenta para completar.

Afore PensionISSSTE

Esto funciona igual que el de las afores: te vas con lo que hayas ahorrado con tus aportaciones y sus rendimientos, pero si ya habías entrado a trabajar antes de la reforma además te dan un bono.

Desde hace unos años los trabajadores del ISSSTE del nuevo régimen se pueden ir a la afore que quieran, no sólo a pensionissste y lo del bono sigue operando igual.

El plus que tienen los trabajadores del ISSSTE sobre los del IMSS es que tienen opción a hacer “ahorro solidario”: poner hasta el 2% de su salario y el gobierno les da 6.5%, se conoce como “matcheo” pero como es más que lo que aporta el trabajador sería “superadeo”. Este sistema ha tenido algunas broncas, según me reportan trabajadores pero seguramente con los comprobantes se puede aclarar y recibir porque fue parte de la Reforma.

Mismo caso que los trabajadores de Afore-IMSS: lo más seguro es que tu trabajo sea “inestable” por decir lo menos, así que tampoco te va a alcanzar sólo con lo que ahorres en tu afore (lee el siguiente subtítulo).

Si eres de los de «que la fuerza te acompañe»

Como eres freelance, emprendedor o andas en el mercado informal no estás cotizando a ninguna de las opciones anteriores así que más vale que te pongas las pilas y:

  1. Abras tu cuenta individual en una afore que acepte a trabajadores independientes
  2. Contrates un plan personal de retiro.

Para saber las ventajas, desventajas y diferencias de cada uno puedes checar este post.

Puede haber freelance que cotizaron algunos años o meses ya sea al IMSS y al ISSSTE, y ya es algo, pero de todos modos o vas a tener que seguirle poniendo a tu afore por tu cuenta o complementar con un plan personal de retiro, así que pertenecen a este apartado.

Advertencia para todos

Aunque algunos están en un mejor escenario que otros, todos vamos a enfrentar el Tsumani de las pensiones (favor de checar este post), así que es mejor empezar lo más chavos posible a ahorrar para el retiro porque si no vamos a ser un país de viejos y además pobres.

Y nada más como tip: el ahorro para el retiro en afore o plan personal de retiro podemos meterlo en las deducciones personales de la declaración anual.

Espero que el esquema les haya gustado (a Paula le quedó bien chulo ¿no?) y que les ayude a planear un mejor retiro.

Si quieren aprender más de retiro lean estos posts y también el capítulo “respeta tus canas” del Pequeño Cerdo Capitalista – Finanzas Personales, que está disponible en Papel, ebook o audiolibro.

 

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9 comentarios en “¿Me toca pensión del IMSS, ISSSTE o nada?”

  1. Hola muy buen post, tengo una duda, soy extranjera, trabaje en México y tengo Afore, me quedé sin empleo
    Por lo que me mudo de país, no creo regresar por México en mucho tiempo, como puedo hacer con el dinero que ahorre en el Afore, quiero retirarlo pero no esperar hasta los 65años. Fui a mi Afore y ya tengo mi estado de cuenta pero no saben que hacer con mi caso.

    1. ¡Hola Ledis!

      El dinero se queda en tu afore trabajando y cuando tengas 65 lo podrás retirar. Las únicas otras dos opciones en la Ley para retiro anticipado son desempleo y matrimonio pero no es la totalidad sino como un mes de aportaciones.
      También puedes acudir a Consar pero creo que te darán la misma respuesta.
      Da de alta en tu afore el envío de estados de cuenta por correo electrónico para que te siga llegando y después puedas pedirlo.

      Saludos

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